Por: Belem García
CDMX.- En la sesión realizada ante el Pleno Legislativo en la Ciudad de México. Con la mayoría calificada de 340 votos a favor, 133 en contra y una abstención, la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen que reforma el artículo 107 y adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Carta Magna, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Política.
Para enseguida, proceder a la discusión en lo particular de los artículos 105 y 107, y primero y segundo transitorios del proyecto de decreto. El presidente la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, informó que para la discusión en lo particular se han presentado propuestas de modificación. La adición de un quinto párrafo al artículo 105 establece que «son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la
Constitución».
En tanto, la reforma al primer párrafo de la fracción Il del artículo 107 constitucional, añade que «no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución». Por lo que queda: «las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo solo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda.
Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución». En los artículos transitorios se indica que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el presente decreto.

