Por: Redacción / Noti Cero
Ciudad de México. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) autorizó a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) las cuotas que deberán aplicarse durante el ejercicio fiscal 2026 para el pago de la Cuota de Garantía de No Caducidad de Derechos de Aguas Nacionales, mecanismo que permite a los concesionarios conservar sus derechos sobre el uso del agua cuando no la han aprovechado durante un periodo determinado.
La disposición fue publicada este 14 de julio de 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), mediante el Oficio 349-B-143, en el que se autorizan 40 aprovechamientos expresados en pesos por metro cúbico (m³), diferenciados por tipo de uso, origen del agua (superficial o subterránea) y zona de disponibilidad.
De acuerdo con la SHCP, el objetivo de estas cuotas es fomentar un uso más eficiente de las aguas nacionales, evitar que permanezcan concesiones sin utilizar y promover una mejor redistribución del recurso hídrico.
El documento recuerda que, conforme a la Ley de Aguas Nacionales, una concesión o asignación puede extinguirse cuando el agua no es explotada, utilizada o aprovechada durante dos años consecutivos. No obstante, los titulares pueden evitar esa caducidad mediante el pago de la cuota de garantía establecida en la normativa vigente.
Las tarifas autorizadas contemplan distintos usos, entre ellos el abastecimiento de agua potable, la generación hidroeléctrica, la acuacultura y los balnearios o centros recreativos, con montos que varían según la disponibilidad del recurso y el origen del agua.
La determinación y el pago de la cuota deberán realizarse a través del sistema electrónico Declar@gua o en instituciones bancarias autorizadas, utilizando la clave 700174, correspondiente a la «Cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales».

