Por: Jonathan Torres
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Congreso del Estado de Tamaulipas recibió un oficio mediante el cual el presidente municipal viola el artículo 38 del código municipal para el Estado.
Fue en sesión pública ordinaria cuando la mesa directiva del Congreso de Tamaulipas dio cuenta al oficio recibido en el apartado de la correspondencia.
Cabe mencionar que el artículo 38 del código municipal para el Estado de Tamaulipas indica que son causas para la suspensión o remoción del cargo de un miembro del Ayuntamiento las siguientes:
- Asumir algunas de las conductas a que se refiere el articulo anterior, en lo conducente.
- Abandonar sus funciones por un periodo que exceda de diez días consecutivos sin causa justificado.
- La inasistencia a tres sesiones del Ayuntamiento en forma consecutiva sin causa justificada.
- La omisión reiterada en el cumplimiento de sus funciones.
- Haber sido condenado a sanción privativa de libertad por delito intencional, mediante sentencia que haya causado ejecutoria.
- Usurpación o uso indebido y sistemático de atribuciones.
- La incapacidad física o legal que limite cumplir debidamente con el ejercicio de las atribuciones de su cargo.
- Adoptar conductas sistemáticas y graves que afecten al buen Gobierno y Administración del Municipio, sin que se consideren como tales los juicios o las opiniones políticas que se emitan en el desempeño de sus funciones.
- Incurrir en responsabilidad por infracciones administrativas reiteradas o graves en los términos del Capítulo XIV de este Título.
- Haberse dictado en su contra auto de formal prisión o estar sujeto a juicio político; en estos casos la suspensión será temporal entre tanto se resuelve su situación jurídica.
- Expedir u otorgar autorizaciones, permisos y licencias que avalen o emitan la opinión favorable para la instalación u operación en territorio de su Municipio, de centros para operar la apertura y operación del cruce de apuestas en hipódromos, galgódromos, frontones, así como para la instalación de centros de apuestas remotas y de salas de sorteos de números o símbolos; y
- En general cuando exista un impedimento de hecho o de derecho que lo imposibilite para cumplir con su función.
Por lo anterior, Guillermina Magaly Deandar Robinson, Diputada presidenta de la mesa directiva del Congreso del Estado de Tamaulipas anunció que dicho oficio se turna a las comisiones unidas de Gobernación y de Asuntos Municipales para los efectos legales conducentes.

